Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de la ciudadana ROSA IRIS SALAZAR Cédula de identidad número: V.-5.086.371, por denuncia interpuesta por la ciudadana MARIANDRIS DEL VALLE MARQUEZ ZAPATA, titular de la Cédula de Identidad número: V.-17.360.156, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el Artículo 415 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos (09-01-2004), todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 ordinal 4°, del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de la imputada.
Remítase al Archivo Judicial. Cú.....