Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN RODRÍGUEZ Y SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR, la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, formulada por los ciudadanos: JOSE RAFAEL MAITA ARAY y MARBELYS COROMOTO BARRETO, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-8.965.256 y V-10.061.938; y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía. En este estado, y agotada como se encuentra la vía de Jurisdicción Voluntaria se ordena la ejecución del presente fallo. Así se decide.-