Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 3 del Circuito judicial Penal, del Estado Anzoátegui administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se DECLARA CON LUGAR LA MEDIDA DE PROTECCIÓN al ciudadano JOSE LUIS MARCANO DELGADO, solicitada por la Fiscalía Superior. Todo conforme a lo previsto en los artículos 82 y 84 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en concordancia con el artículo 118 del Código Orgánico Procesal Penal y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lo dispuesto en el Artículo 120 del Código Orgánico Procesal Penal:
PRIMERO: Oficiar al Comandante de la Zona N° 02 del Instituto Autónomo Policía del Estado Anzoátegui", para que se sirva tomar las debidas previsiones a fin de brindar protección al ciudadano JOSE LUIS MARCANO DELGADO, portador de la Cédula de Identidad N° V- 16.718.663, de nacionalidad vene.....