Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor de los imputados CARLOS EDUARDO SALAZAR RIVAS, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.536.645, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 14-06-1984 de 22 años de edad, de estado civil soltero, obrero, hijo de los ciudadanos Ramón Salazar (v) Yamirka Rivas, domiciliado en la Calle Camino Nuevo, Barrio La Charneca, Casa N° 5-22, Barcelona, Estado Anzoátegui y ALFREDO BENITO HERNANDEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.158.023, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 09-01-1977, de 30 años de edad, de estado civil soltero, albañil, hijo de los ciudadanos Alfredo Hernández y Delia Rivas, domiciliado en S.....