Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA REVOCATORIA POR INCUMPLIMIENTO de las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad al imputado YULBIS RICHARD SALAVERRIA HERNANDEZ, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 23-06-83, de 18 años de edad, soltero, apareo (obrero) en el muelle de Guanta, hijo de NOHELIA HERNANDEZ DE SALAVERRIA (V) Y DAVID JOSE SALAVERRIA (V), residenciado en la Urbanización Los Cocalitos, Vereda 2, casa N° 22, Guanta, Puerto La Cruz Estado Anzoátegui, ya identificado en actas procesales, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se ORDENA SU INMEDIATA APREHENSIÓN, en virtud que se encuentran llenos los extremos exigidos en los Artículos 250 y 251 del Código Org.....