este Tribunal Cuarto en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA, a la Prefectura del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui y al Registro Principal del Estado Anzoátegui, INSERTAR la presente Sentencia en los Libros de Inscripciones de Nacimientos de Venezolanos, llevados por esos despachos, durante el año 1.995, colocando la nota marginal correspondiente en la partida de Nacimiento de la ciudadana NOHELIA MARGARITA MACADAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.913.483, de la siguiente manera: donde se colocó NOHEMIA MARGARITA MACADAN, debe escribirse NOHELIA MARGARITA MACADAN, en virtud de que es el verdadero nombre de de la solicitante.-
Expídanse por secretaria la.....