Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: LIBERTAD SIN RESTRICCION a los ciudadanos EDUARDO GOMEZ TRIANA, quién es Colombiano, titular de l pasaporte N° CC18508838, natural de dos Quebrada, Colombia, donde nació en fecha 21/11/1970, de 36 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Alfonso Gómez Díaz y Evangelina Triana Cañon, residenciado en Barrio Comunero, calle 6TA, Casa N° 1-65, Cucuta Colombia; JHON JAIRO GUZMAN MORENO ; quien es venezolano nacionalizado, natural de Medellín Colombia, donde nació el día 16/12/1983, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad N° E-93062104, de estado civil Casado, de profesión u oficio Comerciante, hijo de los ciudadanos Jesús Alberto Guzmán y Yolanda Moreno residenciado en la Puerto Píritu, Barrio Buenos Aires, Quinta Valen.....