El Tribunal Admíte. De conformidad con el articulo 387, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, cítese al ciudadano ADOLFO JOSE PEREZ NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.415.243, domiciliado en la Avenida Américo Vespucio, Residencias Punta Marina, Edificio "C", Piso 3, Apartamento 32 de la ciudad de Lechería, Municipio Urbaneja del Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante esta Sala de Juicio N° 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), para que dé contestación a dicha solicitud, incoada en su contra por la ciudadana LILIANA DE VITA HOSEIN, en representación de su hijo el niño XXXXXXXXXXXXXXXXX. Con la advertencia que el día de la comparecencia la Juez intentará una conciliación entre las partes, a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), y de no lograrse la misma, proce.....