Esta Sala de Juicio N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales, DECLINA LA COMPETENCIA en razón del TERRITORIO, en virtud de que la ciudadana YARITZA MARGARITA ROJAS MARTINEZ, titular de la cédula de identidad N° 16.679.733, madre y representante legal del niño XXXXXXXXXXXXXX, está residenciada en la ciudad de El Tigre, Estado Anzoátegui; en consecuencia, declina la competencia al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, El Tigre. Y ASÍ SE DECIDE. Líbrese oficio y remítase junto con expediente. Cúmplase.