esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado 514 Y 522 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO de solicitud de DIVORCIO MUTUO ACUERDO, presentado por los ciudadanos: JORGE LUIS FIGUERA y SUGRINI MARIA DUQUE LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.102.183 y V-21.389.688, respectivamente, debidamente asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio CARLOS ALBERTO ALFARO, inscrito en el IPSA bajo el N° 157.620, donde se encuentra involucrada su hija, la niña Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , mediante la cual, solicita la Diso.....