Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado JOSE GREGORIO JIMENEZ ORDAZ, Venezolano, Natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 26 años de edad, no recuerda fecha de nacimiento, titular de la Cédula de Identidad N° V-25.301.664, hijo de los ciudadano ELEDUVINA ORDAZ (v) Y LUIS EFRAIN JIMENES (F), residenciado en Bello Monte, Calle 19 de Abril, Casa N° 04, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por la Comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, AMENAZA, VIOLENCIA FISICA Y VIOLENCIA SEXUAL" cometido en perjuicio de la ciudadana CARMEN JOSEFINA GONZALEZ; previsto y sancionado en los artículos 39,40, primer aparte del 41, encabezado del 42 y encabezado del 43 respectivamente, todos de la Ley Orgánica Sobre el derecho d.....