En base a lo antes señalado, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara que se ha consumado de pleno derecho la PERENCIÓN de la pretensión de nulidad incoada por el ciudadano MAGNO RAFAEL CARMONA, contra la Providencia Administrativa signada 158/13 de fecha 17 de junio de 2013, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sotillo, Guanta y Urbaneja del estado Anzoátegui en el marco del expediente Nro 050-2012-01-01088, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de autorización de despido, reenganche o desmejora incoada por la empresa PODER DE DISTRIBUCIÓN VENEZUELA COMUNAL, S.A., en contra del señalado trabajador recurrente. Se ordena notificar al Procurador General de la República de esta decisión. Asimismo, obedeciendo criterio sentado en sentencia de la Sala Constitucional Nº 263 del 0.....