II
DECISIÓN
En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Manuel Ezequiel Bruzual con Competencia en Materia de Responsabilidad Penal de Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA Y LA EXTINCIÓN DEL PROCESO en la presente solicitud de INSPECCION JUDICIAL, presentado por la ciudadana ISMENIA FARIAS venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.252.612, debidamente asistida en este acto por el Abogado EDSON CANACHE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 109.033, en su condición de Defensor Público Primero en Materia Agraria del Estado Anzoátegui. Así se declara.-
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