Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función Control, Audiencia y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA por remisión expresa del articulo 64 de la ley especial que rige la materia se acuerda la aplicación de: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal a favor del ciudadano JAVIER JOSE SALAZAR, VENEZOLANO, CEDULA DE IDENTIDAD Nº V- 25.786.683, FECHA DE NACIMIENTO: 09-05- 1993, DE AÑOS 18 DE EDAD, ESTADO CIVIL: SOLTERO, DE PROFESIÓN U OFICIO: ALBAÑIL, HIJO DE: MIGUEL ACOSTA (V) Y SUNILDE SALAZAR (V) RESIDENCIADO: LAS MERCEDES, CALLE GREY ZULIANA, CASA S/N, DETRÁS DEL HOSPITAL LUIS RAZETTI-BARCELONA ESTADO ANZOATEGUI, . TELEFONO: 0416-893.55.94 Consistente en: 3) régimen de presentación periódica por ante la ofici.....