Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal, Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Parcialmente Con Lugar la demanda que por Cobro de Bolívares, hubieren incoado las Abogadas en ejercicio ELIZABETH RODRÍGUEZ ZERPA y ADANEVA GUERRERO RODRÍGUEZ, venezolanas, mayores de edad e inscritas en el I.PS.A, bajo los N° 25.850 y 96.408, respectivamente, en su carácter de Apoderadas judiciales de la parte intimante, ciudadana LIZDALY DEL CARMEN PETIT ALEMÁN, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en la ciudad de Barcelona y titular de la Cédula de Identidad N° V-11.164.405, en contra del Ciudadano ACISCLO HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-4.503.708. Así se decide
En Consecuen.....