Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD al ciudadano JOSE ALBERTO GONZALEZ CAYAMO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 17.731.536, natural de Píritu, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 22-06-87, de 24 años de edad, soltero, de profesión Pescador, Hijo de PEDRO GONZALEZ y NELLY CAYAMO, residenciado en: AVENIDA LAS MERCEDES, SETOR LA POLLA, CASA S/N, CERCA DE LA IGLESIA MARANATA, PUERTO PIRITU, ESTADO ANZOÁTEGUI y PEDRO PABLO TUAREZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 18.126.434, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 26-11-87, de 19 años de edad, soltero, de profesión mesonero, Hijo de PEDRO PABLO TUAREZ y CARMEN ZENAIDA, residenciado en: CAMPO LINDO CALLEJON LAS MERCEDES.....