Se declara con lugar la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente formulado por los ciudadanos: MARIA TRINIDAD MANZANO DE OROCOPEY, CONTRA PABLO JOSE OROCOPEY, Venezolanos, mayores de edad y titulares de la cedulas de identidad números V- 9.817.699 y 9.819.534, respectivamente, de este domicilio. En consecuencia se declara disuelto el vínculo del matrimonio civil.