Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a favor de los imputados CESAR AUGUSTO LOPEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-18.299.428, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 18-03-87, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo de OMAR LOPEZ Y AVISLEVIS CUECHE, residenciado en la Avenida Cumanagotos, sector Pica de Maurica, S/N, detrás de la casilla Policial, Barcelona, Estado Anzoátegui, y BRIAN ALIRIO ACEVEDO RAMIREZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-14.763.489, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 09-08-80, de 26 años de edad, de estado civil concubino, de profesión u oficio taxista, hijo de JES.....