Seguidamente este tribunal oído el covenimiento voluntario y libre de toda coacción planteado en este acto por la parte demandada y aceptado por la parte actora, en tal sentido este Tribunal se abstiene de practicar la Medida de Embargo Ejecutivo para la cual fue amplia y suficientemente comisionado, y acuerda remitir la presente comisión con sus resultas a los fines legales pertinentes. Es todo.