este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN del Poder Judicial frente a la Administración Pública, para conocer y decidir la solicitud de ejecución de la Providencia Administrativa N° R-00100-2012, de fecha 3 de septiembre de 2012, dictada por la Inspectoría del Trabajo en los Municipios Simón Rodríguez, Freites, Miranda, Monagas e Independencia del Estado Anzoátegui, con sede en El Tigre; mediante la cual se declaró CON LUGAR el reclamo incoado por los ciudadanos aquí demandantes MARTINEZ TORRES DALIMAR DEL CARMEN, LINERO SOTILLO MELISSA DEL VALLE, GONZALEZ RUIZ, KATIUSKA ROSCIRI LORENA, PERDIGON LUCENA ARILUZ JOSEFINA, GUACARE MERVIN JOSUE, FLORES GARCIA ALONSO MIGUEL, CHACIN PAEZ NEWMAN ALBERTO, ALFONZO BORGES EDDIE JOSE y FIGUERA BARRERA JHOGLYS.....