Por los razonamientos que anteceden, este TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, EXTENSION EL TIGRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara que el Poder Judicial no tiene jurisdicción para conocer y pronunciarse sobre la homologación de la transacción celebrada entre los ciudadanos LUZ MARINA MONTERO BOLET, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 10.351.309, debidamente asistida por la ciudadana ROSIRIS ALFONSO MAESTRE, Abogada en Ejercicio y de este domicilio e inscrita en el IPSA bajo el N° 106.319, por una parte; y por la otra, el ciudadano RACHID MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.510.739, Abogado en Ejercicio y de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo el N° 10.923, procediendo en su condición de Apoderado Judicial de la E.....