En base a lo antes señalado, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara que se ha consumado de pleno derecho la PERENCIÓN de la pretensión de cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el litis consorcio conformado por los ciudadanos DAVID ENRIQUE FERRER GONZÁLEZ, MISLEIBY DE LOS ANGELES DIAZ FAJARDO, ANGEL ALEXANDER ARAY FLORES, EDUARDO JOSÉ HERNANDEZ MAITA, LUIS ALFREDO ARREAZA, FREDDY MANUEL SIFONTES ROSALES, ABRAHAM JOSE VEGA PARRA, contra las empresas ARC INSTRUMENTACIÓN Y CONTROL C,A, y PDVSA, PETROLERA SINOVENSA, C.A todos identificados en autos. Se ordena notificar al Procurador General de la República de esta decisión. Asimismo, obedeciendo criterio sentado en sentencia de la Sala Constitucional Nº 263 del 09 de marzo de 2012, se ordena la notificación de.....