Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD de conformidad con el articulo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado LUIS EDUARDO MACHADO PAJARERO, Venezolano, donde nació en fecha 15-10-88, de 20 años de edad, Cédula de Identidad Nº V-20.763.638, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: ALBAÑIL, hijo de los ciudadanos: JESUS MACHADO (V) y YOLI PAJARERO (V), con domicilio en la calle el Limón, callejón los olivos, casa Nº 59 del Barrio las Charas Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Lib.....