en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, Concluida la evacuación de las pruebas testimoniales, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la solicitud de jurisdicción Voluntaria de (DECLARACION DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS) presentada por la ciudadana MERCEDES ROJAS DE LIZARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-1.192.418, debidamente asistida por el Abogado JESUS AGUILERA B., inscrito en el IPSA, bajo el Nº 139.920 en la cual solicita que se le declare a su nieto, el niño Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constit.....