Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal procederá a dictar el dispositivo del fallo de la siguiente manera: actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la acción de FIJACION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana MARYFRE DEL VALLE BENITEZ NAVARRO, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro V- 13.318.977 y de este domiciliada en Ave. Guzmán Lander, Res. El gran Sasso, apto 7-A piso 7, Colinas de Nevera de la Ciudad de Barcelona del Estado Anzoátegui, contra el ciudadano JOAQUIN JOSE CATALDI RONDON, mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro V-8.327.010. En consecuencia, este Tribunal de Juicio dispone: PRIMERO: Se establece la Obligación de Manutención a pagar por el ciudadano JOAQUIN JOSE CATALDI RONDON a favor de su hija (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley O.....