Se dicto Sentencia Interlocutoria con Fuerza de definitiva, mediante la cual se declaró Perimido la presente solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano OSWALDO ALEXANDRE VERACIERTA MEJIAS, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Fundo "DON JULIAN", Sector Los Olivos, Parroquia San Cristóbal, Municipio Simón Bolívar del estado Anzoátegui, titular de la cedula de identidad Nº V-8.239.580, debidamente asistido por el abogado en ejercicio EDSON CANACHE JIMÉNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 109.033, en su condición de defensor Publico Primero en Materia Agraria del Estado Anzoátegui.-