Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, del Circuito Judicial con sede en Barcelona, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara. PRIMERO: Se acuerda REPONER LA CAUSA al estado que se dicte nuevo auto de abocamiento por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de niños, niñas y adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Circuito de Protección, con sede en El Tigre, en consecuencia se anula todas las actuaciones procesales, posteriores al auto de abocamiento, dictado por el mencionado tribunal, en fecha 10 de Febrero del año en curso, el cual corre inserto en el folio 167 del cuaderno principal. SEGUNDO: Se anula y quedan sin efecto alguno, todas las actuaciones procesales qu.....