Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niño, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declarada CON LUGAR el recurso de apelación distinguido como BP02-R-2014-000605, ejercido por la Abogada en ejercicio IRENE GAMARDO MEDINA, inscrita el IPSA bajo el N° 57.945, actuando en su carácter de apoderada judicial del Ciudadano ROGELIO ARQUIMEDES NOGUERA HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.929.109 domiciliado en la Calle 139, N° 73-20, Casa 63, Bogotá Colombia, contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva, de fecha cinco (05) de Noviembre del año 2014, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la .....