Seguidamente este Tribunal por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niño, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo presentado por las partes en los términos por ellos suscritos. Se ordena el cierre y archivo de la presente causa y se ordena su remisión al Tribunal de origen, para que se ejecute lo acordado por las partes. Y así se decide.
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada de la presente decisión.