En atención a las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 488-D de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declarar PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación presentado por el ciudadano ARTURO GUILLEN, en su condición carácter de Defensor Segundo de Protección de Niños, Niñas y Adolescente con domicilio en la ciudad de El tigre, actuando en representación de las hoy jóvenes adultas, CARLA ORIANA, TRINIDAD MARIA DEL VALLE y CARLA DE LA TRINIDAD "CEDEÑO ARRIETA", venezolana, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. 20.740.955, 18.792.279 y 18.792.281, respectivamente, contra la sentencia definitiva de fecha primero (01) de Julio de dos mil catorce (2014), dictada.....