En virtud de las razones expuestas anteriormente este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO PROCESAL DEL PRESENTE RECURSO DE APELACION, interpuesto por el incoado por incoado por el ciudadano: GUSTAVO JOSE SALAZAR FARFAN, titular de la cédula de identidad numero V- 8.499.083, debidamente asistidos por el ciudadano: DELIA GUEVARA TINEO, titular de la cédula de identidad numero 4.022.942, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 65.438, en contra de la la ciudadana: JOSEFINA GIL MALAVER, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad numero V- 11.343.338, asistida por el abogado: Ivo Javier Urpin Villarroel, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 59.885, domiciliado procesalmente en la avenida Francisco de Miranda, Centro Comercia.....