Este Tribunal, con vista a la documentación acompañada a la solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas por los ciudadanos antes mencionados, declara las presentes actuaciones suficientes Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarles a los ciudadanos MARIA MICALE DE TUTTOCUORE, de nacionalidad italiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número E- 945.221, cónyuge; CARMEN RITA TUTTOCUORE MICALE y ALESSANDRO JOSE TUTTOCUORE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Números V- 10.294.695 y V-11.415.061, respectivamente, hijos, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara, GIUSEPPE TUTTOCUORE CALAPA, de nacionalidad italiana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nro. E- 631.939, de 82 años de edad, domiciliado en Barcelona, Estado Anzoátegui; fallecido en fecha 01 de Noviembre de 2017, conforme consta del Acta de Defunción, a la que se ha hecho referencia precedentemente. Quedando en tod.....