este Tribunal DECLARA la SEPARACIÓN DE CUERPOS, de los cónyuges ciudadanos ROSISMAR DE LOS ANGELES FIGUERA FIGUERA Y REYNALDO JOSE PEREZ MOYA, plenamente identificados en el escrito que antecede, en las mismas condiciones establecidas por ellos en el referido escrito. En consecuencia, a partir de éste momento se suspende la vida en común existente entre ellos, asimismo los bienes que adquieran cada uno de los cónyuges solicitantes, a partir de la presente fecha no formaran parte del Patrimonio Conyugal.-