Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, formulada por los ciudadanos JESUS RAFAEL GONZALEZ E YRAMA DEL VALLE BRAVO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-5.188.586 y V-10.298.550, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio NAIROBI PALACIOS VELASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 98.113, y en consecuencia se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL celebrado ante la Primera Autoridad Civil de la Ciudad de Lechería, Municipio Licenciado Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, Veinticuatro (24) de Mayo del año Dos Mil Cuatro (2004), tal como se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio N° 28 del Libro de Matrimonios llevados por ese despacho en el año 2004.-