Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A, formulada por los ciudadanos JESUS RAFAEL HERNANDEZ MATA Y NORELYS JOHANA BLANCO FERRER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-13.321.965 y V-14.476.398, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio MERCEDES TRINIDAD GARCIA MARCANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41.490, y en consecuencia se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los une, celebrado en fecha 15 de Agosto del año 2008, por ante Registro Civil del Municipio Guanta del Estado Anzoátegui, tal como se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio acompañada a la solicitud, Acta N° 056, folios 167, Tomo I, del Libro de Matrimonios llevados por ese despacho en el año 2008. Y ASI SE DECIDE. -