En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Anaco, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en la ciudad de Anaco, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara incompetente por el territorio, para conocer de la SOLICITUD DE DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, formulada por la ciudadana: LUISA JOSEFINA BLANCO BEJARANO, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la cedula de identidad Nro. 6.735.449, debidamente asistida por la ciudadana: MARIA VIRGINIA ARREAZA INDRIAGO, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 74.645, y declina su conocimiento en uno cualesquiera de los Juzgados Distribuidores Ordinario y Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana, a donde se acuerda remitir el presente Asunto, para su distribución, una vez transcur.....