Se decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa seguida al adolescente: ALFONZO JOSÉ SILANO GARCÍA, previsto en el articulo 9 en relación con el segundo aparte del artículo 2 de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera, en perjuicio a: JOSÉ GODOFREDO ROJAS, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente en relación con el artículo 300 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que resulta evidente la falta de una condición necesaria para imponerse la sanción por no existir bases para solicitar el enjuiciamiento del imputado. Notifíquese a las partes de la presente decisión.