Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por los ciudadanos: ALEJANDRO JAVIER ACERO ORTIZ y NAIVY CAROLINA BARRETO BOLIVAR, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Números V-15.036.559 y V-13.936.604, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Cantaura, Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, debidamente asistidos por la ciudadana LINDIS YASMIR VASQUEZ HERNANDEZ, Abogado en ejercicio, venezolano, mayor de edad, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nroº 128.943, titular de la Cedula de Identidad Nroº V-15.065.069, domiciliada en la ciudad de Cantaura, Municipio Bolivariano General Pe.....