Por las razones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN RODRÍGUEZ Y SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los Ciudadanos ANGEL FELIX SALAZAR MORILLO y LUISA MARIBEL REYES ALMEIDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.913.995 y V-8.472.674 respectivamente, debidamente asistidos por el ciudadano ABG. CARLOS ALBERTO PEREZ MORILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 201.425; y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha 06/11/1992, por ante el registro Civil del Municipio Bolivariano Guanipa del Estado Anzoátegui, lo cual se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio asentada bajo el No. 240, folios 152, 153 y 154, del Libro de .....