Por las razones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN RODRÍGUEZ Y SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los Ciudadanos MIGUEL EDUARDO SARMIENTO TURMERO y BETZAIDA DEL CARMEN VIDAL MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.897.923 y 8.872.430 respectivamente, debidamente asistidos por el ciudadano ABG. MIGUEL EDUARDO SARMIENTO TURMERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 84.914, y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha 14/03/1978, por ante El Registro Civil del Municipio Heres del Estado Bolívar, lo cual se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio asentada bajo el No. 110, del Libro Principal de Matrimonios Nro. 01.....