En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado tercero de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE , en la presente demanda de demanda de EJECUCION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentada por presentada la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico, Abg. MARYORITH ROJAS GUZMAN a requerimiento de la ciudadana YSMARY JOSEFINA PERAZA PIÑANGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.950.680, en donde se encuentra involucrado el Adolescente, Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , en contra de el ciudadano: OMAR RAFAEL SALAZAR MAITA, venezolano, mayor de edad, .....