Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto por el Abogado VIDAL RIVAS RODRIGUEZ, en su condición de Abogado Defensor de la ciudadana MARICRUZ JOSE AMAIZ SUBERO, querellada del delito de DIFAMACIÓN e INJURIA CALIFICADAS O AGRAVADAS, contra la decisión dictada por el Tribunal de Juicio Nº 1 de este Circuito Judicial Penal, extensión El Tigre, en fecha 21 de septiembre de 2009, mediante la cual declaró Sin Lugar el Desistimiento de la querella solicitado en la audiencia de conciliación por solicitud presentada por la parte querellada.
Con las consideraciones realizadas queda así CONFIRMADO el auto apelado. Notifíquese a las partes y remítase el presente asunto en su oportunidad al Tribunal de origen.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y en su oportunidad remítase la .....