Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por ASDRUBAL MATA, en su carácter de Defensor de Confianza de los imputados: RAMON NEMESIO LAREZ MAIZ, JESUS ALBERTO CUMANA, EDWAR JESUS SOLANO PEREIRA, CARLOS ANTONIO TURMERO GARCIA y OSWALDO RAFAEL RIVAS, en contra del acto de audiencia especial de prueba anticipada, celebrada por el Tribunal de Control Nº 02 de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en fecha 12 de Agosto de 2009, en la cual se recibió la declaración del testigo ROBERT ANTONIO MEJIAS PARABACUTO, al considerar esta Superioridad que tal decisión no ocasiona gravamen irreparable ninguno a los imputados de marras así como tampoco se evidenció violación a derecho o garantía constitucional ninguna. SEGUNDO:.....