Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la recusación interpuesta por el ciudadano: WILSON MARTINEZ GAITAN, en su carácter de Acusado en la causa BP01-X-2007-000096, en contra de la Ciudadana SUSANA ARANA DE NUÑEZ, Juez de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Extensión el Tigre. por cuanto la Audiencia Preliminar fue diferida por no haberse efectuado el traslado del imputado, y en virtud de que se estaba efectuando el Acto de la Audiencia Precautelativa en la causa signada BP11-P-2006-3442, tal como lo señala la Juez Recusada.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y remítase la presente causa al Tribunal de origen.