DISPOSITIVA
En consecuencia, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Dra. MARITZA SÁNCHEZ MARÍN, Defensor Público Penal del Estado Anzoátegui, en su carácter de defensora del acusado LUÍS ALEXIS LUQUEZ HERNÁNDEZ, por cuanto la recurrida no contiene vicios de falta de motivación en la Sentencia, previsto en el Numeral 2º del Artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, y consecuencialmente confirma la decisión dictada en fecha 13 de Abril de 2004, por el Tribunal de Juicio Nº 2 de este Circuito Judicial Penal, Extensión El Tigre, mediante la cual CONDENA al acusado LUÍS ALEXIS LUQUEZ HERNÁNDEZ venezolano, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.562.253, soltero, residenciado en el Callejón Ocho Sur, Nº 76, Pueblo Nuevo, Sector Vía El Tigre, de la Ciudad de.....