Por todo lo antes expuesto esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado OSCAR EMILIO PINO, en su carácter de Abogado de Confianza, del ciudadano LORENZO EMILIO RONDON, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre, en la Audiencia Preliminar, celebrada el 12 de febrero de 2007, mediante la cual en sus dichos la Juez a quo omitió pronunciamiento en cuanto a las excepciones opuestas por la defensa, así como respecto a la violación de garantías constitucionales que atentan contra el debido proceso y el derecho a la defensa. Queda así CONFIRMADA la decisión apelada.
Regístrese, déjese copia, notifíquese a las partes y remítase la presente causa en su debida oportunidad.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la.....