se emitió los siguientes pronunciamientos: primero: DECLARA INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JOSE LUIS ALFONZO L., en su carácter de defensor de confianza de los ciudadanos JUAN JOSE GUACARE HERRERA, JOSE RAMON GUACARE, JUAN CARLOS GUZMAN MENESES Y CARLOS EDUARDO MENESES, titulares de la cédula de identidad Nº 20.341.943, 20.741.842, 16.962.295 y 25.434.197, contra la decisión dictada por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en función de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, extensión el Tigre, mediante la cual en el Acto de Audiencia Preliminar decidió mantener la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, en contra de los ut supra mencionados acusados por la comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal y VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a u.....