Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones Accidental del Circuito Judicial penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación, interpuesto por el abogado MANUEL ARTURO FERREIRA GONZALEZ, en su condición de defensor de confianza de los ciudadanos JAVIER MALAVE MARQUEZ y YANITZA DEL VALLE GAMEZ BRITO, contra la decisión dictada en fecha 05 de febrero de 2011 por el Tribunal de Control Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreto MEDIDAS PREVENTIVAS CAUTELARES DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR BIENES, PROHIBICION DE SALIR SIN AUTORIZACION DEL PAIS Y DE LA LOCALIDAD EN LA CUAL RESIDEN, ASEGURAMIENTO DE BIENES, BLOQUEO E INMOVILIZACION DE CUENTAS BANCARIAS Y/O CUALQUIER OTRO INSTRUMENTO FINANCIERO, en contra de los ciudadanos antes mencionados y cualquiera otros bienes pertenecientes a la.....