Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Ciudadano MARTIN GREGORIO MENDOZA LÓPEZ, debidamente asistido en este acto por el Abogado CARLOS NAVAS contra la decisión dictada por el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en fecha 25 de Septiembre de 2.007, mediante la cual declaró Sin Lugar la entrega del vehículo Marca CHEVROLET, Modelo CHEVETTE, Color AMARILLO, Clase AUTOMÓVIL, Tipo SEDÁN, Placa BCD572, Año 1984, Serial de Carrocería 5E69JEV213937, Serial del Motor JEV213937, Uso PARTICULAR al referido ciudadano. SEGUNDO: Queda confirmada totalmente la decisión dictada por el Tribunal Quinto de Control del Estado Anzoátegui, del 25 de Septiembre del 2007 que negó la .....