Se declaró ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 443 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado JOSÉ LUIS ARIOJAS, en su carácter de defensor de confianza del ciudadano GIUSEPPE DI LIZIO DIRIZIO, titular de la cédula de identidad Nº 7.100.049, contra la decisión dictada en fecha 25 de septiembre de 2012, por el Tribunal de Juicio Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, Extensión El Tigre, mediante la cual CONDENÓ al mencionado ciudadano a cumplir la pena de dos (02) años de prisión, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículos 409 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano OSWALDO PERICAGUAN (OCCISO). En consecuencia se ACUERDA fijar la audiencia oral y pública a que se contrae el artículo 447 del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, para la DÉCIMA audiencia siguiente, a las 10:00 horas de la mañana, ver.....